Incentivos: productores importaron 21.901 maquinarias sin pagar tributos aduaneros

por Elías López

La Aduana Nacional informó que desde septiembre de 2021 hasta la fecha, ingresaron al país un total de 21.901 maquinarias sin el pago de tributos aduaneros, lo cual benefició a productores del rubro agropecuario, industrial, minero y de construcción.

Esto fue posible gracias a la Ley 1391 -promulgada por el presidente Luis Arce- que estableció la exención del pago de impuestos a la importación de bienes de capital y plantas industriales, con la finalidad de apoyar la industrialización y reactivación económica del país.

“La Ley 1391 fue aprobada el 31 de agosto de 2021 y desde el 1 de septiembre se importaron 3.237 máquinas en ese año. En 2022 fueron 12.885 y hasta el 13 de junio de 2023, ya se nacionalizaron 5.779, sumando un total de 21.901 bienes de capital, importados por 4.766 operadores que se acogieron a esta Ley”, afirmó Hugo Domínguez, gerente regional de Cochabamba de la Aduana.

El beneficio principal de la Ley 1391 es la exención del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a través del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto Supremo 4579, con lo que los productores pequeños, medianos y grandes, pueden importar mercancía referente a plantas industriales o bienes de capital. Esta normativa tendrá vigencia hasta el 29 de septiembre de la presente gestión.

Requisitos

Para ser beneficiario de esta política tributaria, debe cumplir con estos requisitos:

• Los bienes de capital o maquinaria deberán tener una antigüedad igual o menor a 10 años, para beneficiarse de la exención de tributos.

• El importador deberá presentar la ficha técnica de la maquinaria (excepto para vehículos automotores).

• En caso de no contar con la ficha técnica, deberá llenar la declaración jurada de la Ley N°1391, misma que puede ser obtenida en la página web oficial de la Aduana Nacional (www.aduana.gob.bo).

¿Qué mercancías están comprendidas?

El anexo del Decreto Supremo 4579 detalla de manera específica las mercancías según clasificación NANDINA, que pueden beneficiarse de la exención del IVA. Algunas de las que ya ingresaron al país con este beneficio son: cosechadoras, trilladoras, hornos para tratamiento térmico de minerales, palas cargadoras, sembradoras, equipos de enfriamiento, equipo para extracción, niveladoras, aparatos de destilación o rectificación, carretillas autopropulsadas, maquinaria para panadería, pastelería o galletería y generadores de gas, entre otros.

Menor cuantía hasta $us 35.000 

Con el fin de incentivar la actividad económica de los pequeños productores, esta medida también se implementó en el régimen de Menor Cuantía, ampliando hasta un valor acumulable de $us 35.000 para la importación de maquinaria.

En este régimen, se importaron principalmente: hornos de panadería, pastelería o galletería, calentadores o filtros para agua, sembradoras, plantadoras y trasplantadoras pequeñas, máquinas para confitería y elaboración de pastas alimenticias, clasificadoras de café y aparatos para la preparación de frutos y hortalizas, entre otras.

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